Suscrito entre la FEMP y Política Territorial el acuerdo que canaliza la subvención para gastos de funcionamiento de la federación este año
La presidenta de la FEMP y la secretaria general de Coordinación Territorial han firmado el convenio que regula la concesión directa de esta ayuda de la Administración General del Estado
La presidenta de la FEMP, María José García-Pelayo, y la secretaria general de Coordinación Territorial el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, Miryam Álvarez, han firmado el convenio mediante el cual se canaliza la subvención directa de 2.265.000 euros a la federación para sufragar diversos gastos de funcionamiento derivados de su actividad en 2025.
La concesión de esta ayuda queda regulada en el Real Decreto 660/2025, que destaca la “larga tradición de cooperación entre la FEMP con los diferentes departamentos ministeriales, y en particular con el actual Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática” y añade que, “en el marco de dicha colaboración, es un objetivo del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática posibilitar que la FEMP pueda desarrollar en condiciones adecuadas su labor de cooperación y representación de los intereses de los gobiernos locales”.
En cuanto a la concesión directa, la norma explica que “la subvención regulada en este real decreto tiene carácter singular que se deriva de la naturaleza jurídica de la FEMP y su labor como órgano de representación de las entidades locales en ámbitos diversos y su acción de cooperación y colaboración con el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática”.
Actuaciones a subvencionar y gastos subvencionables
Según queda recogido en el acuerdo firmado, la subvención se aplicará para sufragar los gastos de funcionamiento de la FEMP correspondientes a 2025. Los gastos incluidos son “los necesarios para reforzar su organización técnica y de gestión, de modo que le permita, entre otras tareas, colaborar en el desarrollo de las políticas de la Unión Europea y de las políticas nacionales con incidencia en las entidades locales y cooperar en la organización de actividades de interés general y en la realización de estudios de carácter local”.
El acuerdo considera gastos subvencionables los destinados a arrendamientos y cánones; reparaciones y conservación; primas de seguros; servicios bancarios y similares; suministros; comunicaciones y otros servicios; gastos de personal y prestaciones sociales y “otros gastos que aseguren el correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria”.
La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad que pueda percibir la FEMP, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de la subvención no podrá ser en ningún caso una cuantía que “aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada”.
Con la firma del acuerdo, la FEMP adquiere el compromiso de dar difusión a la subvención recibida. El convenio se encontrará vigente hasta el 30 de junio de 2026. Con cargo al mismo serán financiables los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.











