Servicios Esenciales en las Entidades Locales

R.D. de intensificación de medidas de confinamiento
Tras la publicación de Real Decreto 10/2020, de 29 de marzo, que recoge las actividades esenciales que pueden ser realizadas por el sector público y privado hasta el próximo día 9 de abril (RD que va adjunto en su integridad), desde la FEMP se ha elaborado el listado de SERVICIOS ESENCIALES que deben ser prestados por las Entidades Locales:
- Policía Local
- Bomberos y Protección Civil
- Recogida de basura
- Recogida, gestión y tratamiento de residuos peligrosos, así como de residuos sólidos urbanos, peligrosos y no peligrosos
- Recogida y tratamiento de aguas residuales, actividades de descontaminación
- Limpieza Viaria
- Ayuda a Domicilio
- Teleasistencia
- Violencia de Género
- Aguas y red de abastecimiento
- Alumbrado público
- Limpieza de edificios y dependencias municipales
- Servicios Sociales (atención ciudadanía y población vulnerable)
- Atención a la Ciudadanía (telefónica y telemática)
- Servicio de Informática.
- Servicios de mantenimiento para la atención de urgencias en viales y espacios públicos
- Secretaría
- Intervención
- Tesorería
- Registro General
- Servicio de Obras
- Servicios Funerarios y Cementerio
- Responsables unidades administrativas
- Transporte
- Servicio de atención y protección a los animales
Más información

Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable (...)