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Decálogo básico sobre la movilidad eléctrica

FEMP y Red Eléctrica presentarán la Guía de la Sostenibilidad en SUM Bilbao 2019

La FEMP impulsa la movilidad sostenible a través del vehículo eléctrico: "El automóvil eléctrico es el futuro. El coche oficial del Alcalde de Vigo es un pequeño coche eléctrico con el que llevo seis años, y se lo recomiendo a todos. Gasta un euro por cada 100 km. En este momento necesitamos instalar más puntos, nos ponemos manos a la obra". Palabras de Abel Caballero que en el SUM Bilbao 2019 presentará, junto a la cúpula de Red Eléctrica, la Guía de la Sostenibilidad, nacida del convenio de colaboración suscrito entre ambas instituciones.

El siguiente decálogo vendría a ser un avance de esa Guía con respuestas concretas a preguntas básicas, en busca de la información de servicio más útil para todos, ciudadanos y, en este caso, Ayuntamientos o Diputaciones. Las responde el Director de Servicios para la Operación de REE, el ingeniero industrial Juan José Prieto Maestro.   

 

1/ ¿Qué coste supone la instalación de un poste/punto de recarga?

Existen diferentes tipos de puntos de recarga en función de la potencia, destacando que a mayor potencia, menor tiempo de recarga.

Un punto para recarga básica, como los que se instalan en un garaje particular o en un lugar de trabajo, es monofásico con una potencia de entre 2,3 y 7,3 kW, y el coste oscila entre 500 y 1.500 €.

Un punto de recarga semi-rápida, de 22 kW en trifásico, como los usados en vía pública, puede tener un coste a partir de 2.500 €.

Los puntos de recarga rápida, habitualmente en corriente continua, de entre 40 y 50 kW, usados en vía publica, carreteras y autopistas, tienen un coste entre 20.000 y 30.000€.

Por último, los puntos de carga súper-rápida, con potencia entre 100 y 150 kW, tienen un coste que puede superar los 100.000 €.

 

2/ ¿Cómo se solicita, cómo es la tramitación y cuánto se tarda en instalar?

Para la instalación de un punto en una vivienda, debemos ponernos en contacto con algún instalador electricista autorizado. La tramitación es sencilla y la empresa instaladora nos orientará y gestionará la instalación en todo momento. Esta se encargará de que la instalación cumpla con los requisitos técnicos necesarios y, en particular, con la ITC-BT-52.

En el caso de una vivienda unifamiliar, la instalación suele ser más sencilla. En el caso de una plaza en un garaje comunitario, según la actual ley de propiedad horizontal, simplemente debemos comunicar la instalación del punto a la comunidad de propietarios (un escrito al presidente y al administrador será suficiente). La Comunidad no podrá oponerse a la instalación, si bien será el interesado el que deba pagar tanto la instalación como la energía que consuma.

El tiempo de instalación dependerá de la empresa instaladora y del tipo de instalación. Como referencia, una instalación sencilla puede llevar en torno a una semana, si bien este plazo puede variar mucho en función de cada caso particular.

 

3/ ¿Qué requisitos técnicos y de seguridad requiere la instalación?

Es necesario que los puntos de recarga formen parte de la instalación de un consumidor, conectada a su vez a la red de distribución de la zona. De este modo, la conexión de los puntos de recarga se realizará a través de un cuadro de mando y protección que contiene: un interruptor general de corte; un dispositivo contra sobretensiones, y todos aquellos elementos que se especifiquen en la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52.

 

4/ ¿Qué mantenimiento precisa y cómo es?

Un punto de recarga de un vehículo eléctrico tiene componentes eléctricos estándar de instalaciones eléctricas de baja tensión como son: contadores y diferenciales; equipos electrónicos para control de potencia e información al usuario, y equipos para comunicación y propiciar la recarga inteligente.

Son dispositivos que, una vez instalados, requieren un mantenimiento mínimo similar al de cualquier equipo eléctrico doméstico.

 

5/ ¿Cómo se recarga y quién lo hace?

La recarga es muy sencilla y la puede realizar el propio usuario del vehículo. Tanto si dispone de un punto de recarga en casa o en el trabajo como si usa un punto de recarga público, el proceso es similar. Si el punto de recarga dispone de manguera, conectaremos la salida de esta a la toma que tiene el vehículo, siempre que sean del mismo tipo. Si no lo son, lo habitual es que los vehículos dispongan de un cable adaptador para poder realizar la recarga. En otros casos, como en la mayoría de puntos públicos actuales, el punto de recarga no dispone de manguera y deberemos usar la que incorpora el propio vehículo. En definitiva, es un proceso muy similar al que realizamos actualmente al repostar combustible en una gasolinera.

 

6/ ¿Qué autonomía tiene y qué capacidad de abastecimiento dispone?

La autonomía de un vehículo eléctrico depende de la capacidad de su batería, de las características del propio vehículo (peso, aerodinámica, etc.) y del uso que le demos al mismo.

Un turismo estándar (M1) puede tener una autonomía que va desde los 200 km en los modelos básicos hasta los más de 500 km de los modelos superiores. En el caso de ciclomotores o motocicletas, esta autonomía es algo menor, estando actualmente en torno a los 100 km.

Otro elemento crítico en la autonomía es el propio estilo de conducción; una conducción eficiente redundará en una mayor autonomía del vehículo.

 

7/ ¿Dónde se ubicarían los puntos de recarga?

En los entornos urbanos, los puntos de recarga para vehículo se han empezado a ubicar en las zonas estratégicas y de mayor concurrencia. Ejemplos de ubicación de estos puntos de recarga son aparcamientos públicos, centros comerciales, hoteles y vía pública en lugares próximos a edificios de alta concurrencia de ciudadanos (Ayuntamiento, administración, etc.).

En el caso de instalación de puntos de recarga en carreteras y vías de comunicación interurbanas, cobran relevancia los conceptos de “corredores” y “hubs”. En los corredores que conectan áreas urbanas, los puntos de recarga podrían instalarse preferentemente en “hubs” o áreas con varios puntos de recarga próximas entre ellas. Las distancias entre hubs de un corredor deben ser lógicamente inferiores a las autonomías que proporcionan los vehículos en carretera.

 

8/ ¿Es viable hablar de electrolineras?

Sí. De hecho, el borrador de anteproyecto de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética que prepara el Gobierno contempla que las actuales estaciones de servicio deberán instalar puntos de recarga en unos determinados plazos en función de su nivel de ventas y que además tendrán que suministrar energía 100 % renovable.

Este tipo de instalaciones asociadas a puntos de recarga rápida son, si cabe, más relevantes en los entornos interurbanos, ya que permiten asegurar la movilidad entre ciudades dada la actual autonomía de los vehículos.

 

9/ ¿Qué beneficios comporta?

El uso del vehículo eléctrico elimina las emisiones directas en las ciudades, mejorando la calidad del aire en zonas urbanas y disminuyendo los niveles de ruido.

Adicionalmente, con el mix de generación actual, el vehículo eléctrico supone una reducción de emisiones de CO2 de más del 65% respecto a un vehículo convencional, pasando de los 114,4 gCO2/km de un vehículo convencional matriculado en el 2016 a los 36,1 gCO2/km para un vehículo eléctrico.

 

10/ En la comunicación del acuerdo REE-FEMP se habló de hasta 90.000 puntos de recarga en cinco años. ¿El anuncio de esta iniciativa ya ha suscitado respuesta? ¿Desde dónde están llegando las demandas más numerosas?

El acuerdo ha tenido una repercusión muy relevante en prensa y son numerosos los medios de comunicación que se han hecho eco del mismo. Si bien es difícil establecer una relación directa, sí son numerosos los agentes asociados a la movilidad que están anunciado sus planes de instalación de puntos de recarga para los próximos años.

 

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