El establecimiento, puesta en funcionamiento, desarrollo y conservación de una red de captación de agua de calidad destinada al abastecimiento de agua potable a los municipios mancomunados, encargándose cada ayuntamiento del abastecimiento domiciliario, quedando excluidas del objeto de la Mancomunidad tanto las redes privativas de cada municipio, entendiéndose por éstas las tuberias de consumo desde el punto de conexión, de cada núcleo de población, como las pertenecientes a iniciativas particulares.